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viernes, 27 de abril de 2018

EL DERECHO DE DEFENSA

I.       MARCO NORMATIVO.
El artículo 139°, inciso 14, de la Constitución Política del Perú de 1993, establece el principio de que toda persona no puede ser privada del derecho de defensa en ningún estado del proceso, esto incluye también el proceso por faltas.
El artículo 11°, inciso 1, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, señala que toda persona acusada de un delito se le asegure todas las garantías necesarias para su defensa.
El artículo 14°, inciso 3, numeral d) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, indica que toda persona tiene derecho a hallarse presente en un proceso, a  defenderse y hacer asistida por un defensor de su elección, y si no tuviera defensor, el derecho que se le nombre un defensor de oficio. 
El Artículo 8°, inciso 2, numeral d) y e) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establece, que durante el proceso toda persona tiene derecho, en plena igualdad, al derecho del inculpado de ser asistido por un defensor de su elección o el derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado.  
Asimismo, el artículo 8°, inciso 2, numeral f) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, señala, el derecho que tiene la defensa de interrogar a los peritos sobre la pericia realizada.
II.      EL DERECHO DE DEFENSA.
La Constitución en su articulo 139, inciso 14, reconoce el derecho de defensa; en virtud de dicho derecho se garantiza que los justiciables, en la protección de sus derechos y obligaciones, cualquiera sea su naturaleza (civil, mercantil, penal, laboral, etc.), no queden en estado de indefensión
El derecho de defensa consiste en la obligación de ser oído, asistido por un abogado de la elección del acusado o demandado, o en su defecto a contar con uno de oficio. Este derecho comprende la oportunidad de alegar y probar procesalmente los derechos o intereses, sin que pueda permitirse la resolución judicial inaudita parte, salvo que se trate de una incomparecencia voluntaria, expresa o tacita, o por una negligencia que es imputable a la parte. La intervención del abogado no constituye una simple formalidad. Su ausencia en juicio implica una infracción grave que conlleva a la nulidad e ineficacia de los actos procesales actuados sin su presencia.

El derecho de defensa protege el derecho a no quedar en estado de indefensión en cualquier  etapa del proceso judicial o del procedimiento administrativo sancionador. Este estado de indefensión no solo es evidente cuando, pese a atribuirse la comisión de un acto u omisión antijurídico, se le sanciona a un justiciable o a un particular sin permitirle ser oído o formular sus descargos, con las debidas garantías, sino también a lo largo de todas etapas del proceso y frente a cualquier tipo de articulaciones que se pueden promover

miércoles, 22 de marzo de 2017

16 movimientos regionales pugnan por inscribirse ante el JNE


A medida que se van acercando las elecciones regionales y municipales del 2018, la expectativa va creciendo en torno a las organizaciones políticas que pretenden participar de estos comicios, especialmente de los candidatos que se perfilan para competir y hacerse del Gobierno Regional y las municipalidades provinciales y distritales.


El último movimiento en lograr su inscripción ante la entidad electoral fue el Movimiento de Integración por el Desarrollo Regional (MI CASITA), ahora más conocido como el movimiento político “Mi Región”, el cual es liderado por el excandidato regional Walter Aduviri Calisaya.
En total son siete las organizaciones políticas que actualmente se encuentran oficialmente inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), listas para participar de las próximas elecciones; a su vez, hay un total de 14 agrupaciones políticas que han culminado el proceso correspondiente, pero todavía no están oficialmente inscritos ante el Sistema de Registro de Organizaciones Políticas del JNE.
Mientras tanto, aún se encuentran en pleno proceso de inscripción dos movimientos políticos regionales, entre ellos el grupo del dirigente futbolístico Roger Saya Tapara, “Gestionando Obras y Oportunidades con Liderazgo - GOOL”, que muestra retraso en su inscripción, así como el movimiento político Somos Pueblo.
ORGANIZACIÓN POLÍTICA CULMINÓ PROCESO SIN INSCRIPCIÓN
1.- CONVERGENCIA REGIONAL DE INTEGRACION PUNEÑA
Personero Legal Titular: MAMANI BACA RENAN
2.- FRENTE AMPLIO PARA EL DESARROLLO HUMANO DEL PUEBLO
Personero Legal Alterno: ROJAS LIENDO HENRRY JAVIER
3.- FRENTE NACIONAL DE TRABAJADORES Y CAMPESINOS
Personero Legal Alterno: ZELA MAMANI JAIME
4.- FRENTE NACIONAL DE TRABAJADORES Y CAMPESINOS
Personero Legal Titular: CACERES BARRIONUEVO PEDRO ROGER
5.- FRENTE UNIDO PROGRESISTA
Personero Legal Titular: VILLEGAS ROJAS ALEJANDRO
6.- INTEGRACIÓN DEL TITICACA - INTI
Personero Legal Titular: ARPASI PACHO JAVIER HILBERT
7.- KHANTATI LLAQTA
Personero Legal Titular: MAMANI QUISPE URSULA
8.- MORAL, CAPACIDAD Y TRABAJO
Personero Legal Titular: VALENCIA MARTINEZ HUGO
9. -MOVIMIENTO POLITICO REGIONAL SENTIMIENTO Y UNIDAD POR EL MOVIMIENTO ANDINO
Personero Legal Titular: ROQUE MENDOZA CARLOS ALBERTO
10.- MOVIMIENTO REGIONAL PARA LA PARTICIPACION CIUDADANA - INTEGRACION
Personero Legal Titular: HERVAS VILCA RAY FRANK
11.- MOVIMIENTO TIERRA Y LIBERTAD PUNO
Personero Legal Titular: DE LA CRUZ MAMANI PERCY
12.- PROYECTO POLITICO Q´OLLASUYO
Personero Legal Titular: CHANA ALAVE JULIO JULIAN
13.- RESERVA ULTRANACIONALISTA DEL TAWANTINSUYU
Personero Legal Titular: LEON HANCCO DELFIN
14.- RESERVA UNIFICADO CON MORAL E IDENTIDAD
Personero Legal Titular: YANAPA CHOQUE LEONIDAS

EN PROCESO
1.- GESTIONANDO OBRAS Y OPORTUNIDADES CON LIDERAZGO
Personero Legal Titular: GIL LAYME VICENTE FERRER
2.- SOMOS PUEBLO
Personero Legal Titular: CHURA ALANOCA HUGO

INSCRITOS
1.- FRENTE AMPLIO PARA EL DESARROLLO DEL PUEBLO
Personero Legal Alterno: TICONA YANQUI ANA MARIA
2.- MORAL Y DESARROLLO
Personero Legal Titular: RAMOS SALAS REIMER EDILBERTO
3.- MOVIMIENTO DE INTEGRACION POR EL DESARROLLO REGIONAL (MI CASITA)
Personero Legal Titular: TINEO OCAMPO WILBER REMIGIO
4.- PODER ANDINO
Personero Legal Titular: PAREDES ARGANDOÑA VICTOR HUGO
5.- PODER DEMOCRATICO REGIONAL
Personero Legal Titular: CHAMBILLA CALIZAYA JORGE
6.- POR LAS COMUNIDADES FUENTE DE INTEGRACIÓN ANDINA DE PUNO - CONFIA - PUNO
Personero Legal Titular: GRANADOS CENTENO JUAN JOSE
7.- PROYECTO DE LA INTEGRACION PARA LA COOPERACION
Personero Legal Titular: LUQUE MAMANI PASCUAL

FUENTE: DIARIO LOS ANDES